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martes, 13 de noviembre de 2012

Problemáticas




En los cincuenta años de existencia de la energía nuclear y pese a la enorme cantidad de recursos que se 
dedican a resolver las cuestiones pendientes de esta fuente de energía, nadie ha conseguido dar una solución 
satisfactoria al problema de los residuos radiactivos. De todos los problemas asociados al uso de la energía nuclear, que aconsejan su inmediato abandono, éste puede ser el determinante. Los peligrosos residuos se pueden convertir en el talón de Aquiles de las centrales nucleares, salvo que alguien, en un futuro próximo, descubra una solución satisfactoria, cosa harto improbable. 

El hecho de que se siga utilizando la energía nuclear a pesar del terrible legado que deja para las generaciones futuras, dice mucho acerca de la falta de escrúpulos morales de quiénes la impulsan. Así como que no se tenga en absoluto en cuenta la opinión de la población para gestionar los residuos que ya existen. Aparece aquí una vez más el falaz argumento de que se trata de una decisión técnica por encima de cualquier control democrático. 
El movimiento antinuclear reconoce los residuos nucleares ya existentes como un grave problema al que hay 
que buscar solución. Sin embargo, el problema es doble porque ninguna de las soluciones propuestas aparece como satisfactoria. Más aún, cuando se nos tacha de irresponsables por no contribuir a la solución o por fomentar la alarma social cuando nos oponemos a la construcción de depósitos, se olvidan de que la mejor forma de minimizar el problema de los residuos es dejar de producirlos, es decir, el cierre de las centrales nucleares. Una vez más resulta útil aquí la metáfora de la bañera: cuando el agua de la bañera está a punto de rebosar hay dos posibilidades, una es achicar agua como se pueda y la otra, mucho más racional, cerrar los grifos. Pues bien, cerremos esos tremendos grifos de residuos que son las centrales nucleares. Un reactor de tamaño medio viene a generar unas 30 toneladas de residuos de alta actividad al año. Y sobre la búsqueda de una solución para los que ya existen, no parece que sea razonable algo más que dar 

unos criterios que se deberían tener en cuenta. El primero es minimizar los transportes para que el riesgo de accidentes en los traslados sea mínimo. El segundo sería el que se pueda mantener un control tanto sobre los residuos como sobre los envases en que estén guardados, por si estos tuvieran algún problema. El tercer criterio sería el de la recuperabilidad para que si, dentro del tiempo que sea, alguien descubre una solución, se pueda acceder a los residuos; o bien si los envases se estropearan, se podría llegar hasta ellos y repararlos. Parece que entre todas las posibilidades que luego se enumerarán, se va a optar por el enterramiento en profundidad en formaciones geológicas estables. Esto está lejos de ser una solución satisfactoria, puesto que no cumple ninguno de los tres criterios antes expuestos.




































¿Qué son y como se Clasifican?





Los residuos radiactivos son residuos que contienen elementos químicos radiactivos que no tienen un propósito práctico. Es frecuentemente el subproducto de un proceso nuclear, como la fisión nuclear. El residuo también puede generarse durante el procesamiento de combustible para los reactores o armas nucleares o en las aplicaciones médicas como la radioterapia o la medicina nuclear.

Se pueden clasificar por motivos de gestión en:



Residuos desclasificables (o exentos):  No poseen una radiactividad que pueda resultar peligrosa para la salud de las personas o el medio ambiente, en el presente o para las generaciones futuras. Pueden utilizarse como materiales convencionales.

Residuos de baja actividad: poseen radiactividad gamma o beta en niveles menores a 0,04 GBq/m³ si son líquidos, 0,00004 GBq/m³ si son gaseosos, o la tasa de dosis en contacto es inferior a 20 mSv/h si son sólidos. Solo se consideran de esta categoría si además superíodo de semidesintegración es inferior a 30 años. Deben almacenarse en almacenamientos superficiales.


Residuos de media actividad: poseen radiactividad gamma o beta con niveles superiores a los residuos de baja actividad pero inferiores a 4 GBq/m³ para líquidos, gaseosos con cualquier actividad o sólidos cuya tasa de dosis en contacto supere los 20 mSv/h. Al igual que los residuos de baja actividad, solo pueden considerarse dentro de esta categoría aquellos residuos cuyo periodo de semidesintegración sea inferior a 30 años. Deben almacenarse en almacenamientos superficiales.

Residuos de alta actividad o alta vida media: todos aquellos materiales emisores de radiactividad alfa y aquellos materiales emisores beta o gamma que superen los niveles impuestos por los límites de los residuos de media actividad. También todos aquellos cuyo periodo de semidesintegración supere los 30 años (por ejemplo los actínidos minoritarios), deben almacenarse en almacenamientos geológicos profundos (AGP).